IUCyL-Equo propone que las denuncias contra la Administración autonómica sean gestionadas el Comisionado de Transparencia, dependiente del Procurador del Común
Ayer hemos defendido en Comisión nuestras 17 enmiendas parciales al Proyecto de Ley por la que se regulan las actuaciones para dar curso a las informaciones que reciba la Administración Autonómica sobre hechos relacionados con delitos contra la Administración Pública y se establecen las garantías de los informantes.
Nuestras enmiendas proponen que la investigación sea objeto del Procurador del Común en lugar de la propia Administración. Además, proponemos que también se investiguen delitos contra los trabajadores, de abuso de poder o de superioridad, y sancionar con grado máximo a quienes repriman o traten de reprimir a informantes.
Con el voto contrario de grupo popular, las enmiendas han sido desestimadas por la Comisión de Presidencia.
Seguimos convencidos de que la investigación debería llevarse a cabo por el Comisionado de Transparencia, dependiente del Procurador del Común, en lugar del Servicio de Inspección de la Junta. Parece lógico que quien investigue a altos cargos de la Junta sea una institución de control independiente de la misma, en lugar de un departamento dependiente de la misma como propone el PP; con el fin de preservar su independencia y objetividad. En el caso de que se incoe un procedimiento penal, también exigimos la personación de la Junta de Castilla y León como acusación particular y perjudicada, en defensa de los intereses de la Administración.
Del mismo modo, demandamos la supresión de la propuesta del PP de considerar falta grave la presentación de informaciones cuando de las actuaciones llevadas a cabo se derive su falta de fundamento. Nos parece que esta propuesta del PP inutiliza esta Ley y le da la vuelta, convirtiendo al informante en investigado. El ordenamiento jurídico español ya sanciona la acusación y denuncia falsas.
Además, en los casos en que el Comisionado de Transparencia considere que los hechos pueden ser constitutivos de una infracción administrativa, proponemos la obligatoriedad de la incoación de expediente disciplinario. La Ley puede ser inútil si la apertura o no de expediente queda al arbitrio de la propia administración. Además, la remisión de copia del expediente permitirá al comisionado controlar la correcta actuación administrativa.
Sobre las garantías de protección del informante, demandamos que no se terminen con el procedimiento. Y en el caso de que se produzca cualquier modificación de las condiciones de trabajo del informante tras su denuncia, poder solicitar su traslado, estableciendo un período de dos años siguientes a la comunicación de la información.
Finalmente, exigimos castigar con máxima sanción a cualquier acto de represalia o discriminación que se realice en perjuicio de la persona que ha comunicado información, y que sea consecuencia de dicha comunicación.